LA DEPENDENCIA

Servicio de Centro de Día y de Noche.
Servicio de atención residencial. Está regulada en España por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia.
La Dependencia es el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal.
¿Cuáles son las Actividades Básicas de la Vida Diaria?
Comer y beber.
Higiene personal relacionada con la micción y defecación.
Lavarse y realizar otros cuidados personales.
Vestirse.
Ser capaz de mantener la salud.
Cambiar y mantener la posición del cuerpo.
Desplazarse dentro del hogar.
Desplazarse fuera del hogar.
Realizar tareas domésticas.
Tomar decisiones.
La situación de dependencia se clasificará en los siguientes grados que a su vez en función de la autonomía de las personas y de la intensidad del cuidado que requiere, se subdividen en dos niveles.
Grado I. Dependencia moderada: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, al menos una vez al día o tiene necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal.
Grado II. Dependencia severa: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no quiere el apoyo permanente de un cuidador o tiene necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal.
Grado III. Gran dependencia: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria varias veces al día y, por su pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona o tiene necesidades de apoyo generalizado para su autonomía personal.
Con la calificación de dependencia se puede acceder a los servicios que establece la ley:
Teleasistencia.
Ayuda a domicilio.

Prestaciones económicas periódicas.
Si Ud. tiene disminuida una o varias de las actividades Básicas de la Vida Diaria, póngase en contacto con un MÉDICO VALORADOR para que evalue el grado de dependencia y pueda Ud. conocer cúanto le corresponde.